Control social

De acuerdo con lo establecido en la Ley 1757 de 2015, el control social es el derecho y el deber que tienen todos los ciudadanos a participar de manera individual o a través de organizaciones, redes e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados, para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos.

Se entiende por veeduría ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país y que estén encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público.

Para conocer más información sobre el funcionamiento de las veedurías, ver la Ley 850 de 2003.

Modalidades para el control social

Veedurías ciudadanas

Canal de denuncias

Adquisiciones y contratación institucional

Informe de gestión

Caja de herramientas

Lo invitamos a consultar el Plan Nacional de Formación para el Control Social a la Gestión Pública, que es la herramienta dispuesta por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) para preparar a la ciudadanía en el ejercicio del control social a la gestión pública en las diferentes entidades.

Para garantizar la participación, el ICC pone a disposición de los ciudadanos la herramienta de evaluación de las actividades y espacios de control social adelantadas. En este contexto, se habilita el formulario para recibir realimentaciones, postular propuestas, registrar temas de interés, evaluar eventos y actividades y/o registrar solicitudes ciudadanas.